19 de Febrero de 2007
Comunicado de Prensa
Proteger el Patrimonio arbóreo de Majadahonda
La Asociación de Amigos de los Caminos, a solicitado al Ayuntamiento de Majadahonda, ante la incorrecta actuación llevada a cabo en la parcela de 7.500m2 situada enfrente del Monte del Pilar, entre la Avda. Juan Carlos I y la Avda. Príncipe de Asturias, donde se piensa construir un centro comercial, la apertura de un expediente y procedimiento administrativo para depurar las presuntas responsabilidades y los daños y perjuicios causados al Patrimonio Arbóreo Municipal, de acuerdo con la ley 8/2005, de 26 de Diciembre de 2005 de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid y la Ordenanza Reguladora del Medio Ambiente (ORMA) del Ayuntamiento.
La actuación de escayolamiento de 44 pies de pino piñonero para su trasplante fue realizada, por la Promotora del Centro, en pleno mes de Mayo pasado, época totalmente improcedente, con las lógicas consecuencias de haberse secado 39 de ellos. Con lo que hace inviable su trasplante y solo servirán para leña.
De acuerdo con la citada ley, y según el articulo 11 apartado 2 los hechos pueden calificarse como Faltas Graves según apartado e) donde dice que son faltas graves los tratamientos inadecuados, que no ajustándose a las prescripciones técnicas adecuadas, puedan producir daños al arbolado.
La citada falta grave lleva implícita una sanción correspondiente de 10.001 a 100.000 euros, independiente de la reposición del daño causado como si de una tala se tratase de acuerdo con el articulo 2, por lo que al tratarse de un arbolado de 30 años mínimo de edad estaríamos hablando de mas de 1.000 pies de pinos piñoneros, que tendrían que plantar los responsables, estando obligados a acreditar ante el Ayuntamiento, el numero, la especie, la fecha y el lugar donde se haya llevado a cabo la plantación, informando durante el año siguiente a la plantación del nuevo árbol, sobre su estado y evolución.
Por todo ello la Asociación de Amigos de los Caminos, ha solicitado también la participación en el seguimiento de la plantación y conservación de los árboles trasplantados de acuerdo con la Ley y Ordenanza mencionadas, de los árboles resultantes de esta operación.
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