viernes, 8 de junio de 2007

8 DE JUNIO: RIESGO DE INCENDIO Y ABANDONO EN EL MONTE DEL PILAR

Articulo publicado por el periódico semanal Gente Madrid, que edita Gente en Madrid SL, sobre la solicitud y denuncia referente a la situación de una parte del Monte del Pilar, en su numero 25, del 8 al 14 de Junio.
E-mail enviado a Alicia Bravo, periodista del Gente Madrid, que publico el articulo.
Estimada Alicia, en primer lugar agradecerte a ti y al periódico semanal Gente Madrid que edita Gente en Madrid SL, la publicación de la solicitud y denuncia referente a la situación de una parte del Monte del Pilar, en su numero 25, del 8 al 14 de Junio.
Pero debo aclarar que las declaraciones realizadas por Leandro Fernández a quien le mando copia de este e-mail, solo se refieren a 190 Has. aproximadamente que están cercadas y protegidas por el Patronato del Monte del Pilar y nada tienen que ver con las 10 Has. que denunciamos y solicitamos soluciones a la CAM, que son las situadas a la derecha del Camino de los Caleros según se entra por la puerta que da a la Urbanización del Pinar del Plantío, que pertenecen también al Patronato y a Majadahonda y que también solicité soluciones a su situación según consta en el Borrador del Acta del 26 de Abril de 2007, penúltimo párrafo de la pagina 6 que te adjunto.
Por otro lado, te adjunto copia de la carta recibida del concejal de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Pozuelo, la cual nos confirman las acciones que piensan tomar, circunscribiéndose o limitándose a mandar una carta requiriendo a los propietarios, lo establecido en los arts. 12.b) y 168 de la ley 9/2001, de 17 de Julio, del suelo de la Comunidad de Madrid, ignorando o desestimando lo que dice el articulo 45 de La Constitución Española, especialmente en su apartado 3

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Artículo 45

1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.
2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

Y lo que dice el art. 170 apartado 2, de la ley 9/2001, de 17 de Julio, del suelo de la Comunidad de Madrid.

Artículo 170. Órdenes de ejecución de obras de conservación o rehabilitación.

2. El incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución habilitará a la Administración actuante para adoptar cualquiera de estas medidas:

a) Ejecución subsidiaria a costa del obligado y hasta el límite del deber normal de conservación.

b) Imposición de las sanciones previstas en la presente Ley.

c) Subsidiariamente, la Administración actuante podrá declarar en situación de ejecución por sustitución el inmueble correspondiente, sin necesidad de su inclusión en área delimitada al efecto, para la aplicación del régimen previsto en los artículos 162 y siguientes de la presente Ley.

d) Expropiación por incumplimiento de la función social de la propiedad.

Por todo ello, en caso de que la CAM, no requiera a los citados Ayuntamientos para que actúen de acuerdo con la Ley y en caso de que ocurriese un desgraciado incendio, aunque fuese fortuito, nos reservamos el derecho de tomar las acciones judiciales pertinentes, porque es nuestra responsabilidad y obligación, pudiendo resultar presuntamente imputados tanto personas públicas como privadas.

Perdóname Alicia, si me he extendido demasiado, pero todo nuestro Monte del Pilar, bien merece la atención de todos.

Un cordial saludo
Jaime
Arboles carcomidos y atacados por plagas Ramas secas esparcidas Falta de limpieza y conservación
Cabañas de ramas secas rodeando los arboles
Arboles medio secos y faltos de vitalidad
Riesgos de incendios por todas partes debidos a la falta de limpieza, podas de ramas secas y conservación y saneamiento de la masa arborea
Carta de contestación del Concejal de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Pozuelo, confesando que solo se van a circunscribir o limitar a hacer un requerimiento a todos los propietarios como me dijo que hacian todos los años.
Llevan seis años de abandono en las parcelas indicadas y no han hecho ni piensan hacer nada mas, hasta que ocurra una desgracia.

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